La Presidencia de la República publicó este lunes una resolución mediante la cual se prohíbe la venta o cualquier otro tipo de intercambio, a través del comercio informal, ambulante o eventual, de los rubros y productos de la cesta básica, insumos, medicinas y demás bienes importados o producidos en el país para el consumo del pueblo venezolano.
La medida aparece en la Gaceta Oficial N° 40.526 que circula este lunes.
El texto legal señala una lista de rubros prohíbidos a la venta informal de alimentos, salud, combustibles, entre otros. Se mencionan rubros específicos como aceite comestible, crema dental, pañales desechables, papas, tomates, arroz, maíz, útiles escolares, cemento, cabillas y bloques.
Quienes infrinjan la medida serán sancionados según lo establecido en la Ley de Precios Justos. «Las autoridades militares y policiales deberán aplicar de inmediato los planes de inspección y verificación necesarios en establecimientos industriales, comerciales y de servicios a fin de evitar la venta a través del comercio informal, eventual o ambulante».
Vía El Mundo Economía
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