En Gaceta Oficial número 40.509, de fecha 01 de octubre de 2014, fue implementada la Guía Única de Movilización, Seguimiento y Control de Medicamentos prevista en el Sistema Integral de Control de Medicamentos (Sicm), a los fines de controlar y hacer seguimiento de la importación de materia prima para la fabricación de medicamentos.
La normativa señala que la guía también servirá para los productos terminados, los inventarios y la recepción y despacho en toda la cadena de comercialización o distribución de medicamentos.
El objetivo es garantizar la disponibilidad continua y oportuna de medicamentos en todo el territorio nacional y el Ministerio de Salud dictará las políticas, planes y lineamiento para la organización, implementación, seguimiento y control de Sicm, el cual es operado por Farmapatria.
Además, se crea el Observatorio Nacional de Información sobre Distribución y Uso de Medicamentos, que se encargará de analizar la información generada por el Sicm y emitirá las recomendaciones que permitan a las autoridades competentes ejercer las acciones a que haya lugar.
Igualmente, la Gaceta estipula que los puestos de control de la GNB o las autoridades policiales, civiles y militares deberán exigir la Guía Única de Movilización, Seguimiento y Control de Medicamentos e informar a Farmapatria de cualquier anomalía en el origen, destino y datos de la movilización de los medicamentos.
Los funcionarios que por cualquier circunstancia realicen cualquier acción u omisión que conlleve a permitir la movilización de los medicamentos sin haber solicitado la Guía Única de Movilización, serán sancionados conforme con el régimen disciplinario o funcionarial al cual se encuentra sometidos, sin perjuicio de las acciones penales, civiles o administrativas que puedan instaurarse en su contra.
Farmapatria podrá efectuar modificaciones al formato de la Guía Única de Movilización siempre que existan razones fundadas para ello.
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