El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) aumentó la alícuota adicional del IVA al 15% sobre la importación de bienes calificados como de consumo suntuario, tras la entrada en vigencia de la Ley de Impuesto al Valor Agregado (IVA), publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N 6.152 de fecha 18 de noviembre de 2014.
El superintendente José David Cabello Rondón indicó que la modificación del impuesto aplica para los automóviles con costos mayor o igual a 40 mil dólares y motocicletas con costo mayor o igual a 20 mil dólares.
Se incluyen también las máquinas y mesas de juegos de envite o azar activadas con monedas fichas u otros medios; joyas y relojes, cuyo precio sea mayor o igual a 2 mil 500 Unidades Tributarias (U.T), armas, accesorios y proyectiles.
Asimismo, los accesorios para vehículos que no estén incorporados en el proceso de ensamblaje, cuyo precio sea mayor o igual a 700 U.T, las obras de arte y antigüedades cuyo precio sea mayor o igual a 6 mil U.T, las prendas y accesorios de vestir, elaborados con cuero o pieles naturales cuyo precio sea mayor o igual a mil 500 U.T; además de animales con fines recreativos o deportivos y caviar y sus sucedáneos.
Además, se cobrará la alícuota adicional a la importación de aeronaves civiles y sus accesorios destinados a exhibiciones, publicidad, instrucción, recreación y deporte y los buques destinados a actividades recreativas o deportivas (aplican los bienes destinados al uso particular de sus propietarios).
Cabello Rondón informó que estará disponible en el Sistema Aduanero Automatizado (Sidunea) la modificación necesaria para que el importador o el agente de aduanas indique en el campo 39 de la Declaración Única de Aduanas (DUA), el respectivo código «IVA 15», para la importación de las mercancías antes identificadas. Para aquellas importaciones que se efectúen entre los días 01 y 02 de diciembre, se harán los respectivos ajustes a través del Seniat, liquidando en planilla adicional el 5% diferencial.
Vía EU / www.diariorepublica.com