
La OFAC emite las licencias generales 61 y 62 para permitir contratos con entes estatales, mantenimiento de redes e inversiones bajo estrictas condiciones contractuales y de fiscalización.
Washington / Caracas — El Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, mediante la Oficina de Control de Activos Extranjeros, emitió las Licencias Generales número 61 y número 62. Esta medida administrativa flexibiliza las sanciones comerciales sobre el sector de las telecomunicaciones en Venezuela, autorizando operaciones operativas, financieras y de inversión con empresas estatales locales como la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela y la Comisión Nacional de Telecomunicaciones.
Esta decisión representa un movimiento estratégico para la infraestructura del país sudamericano. Permite la modernización tecnológica y la participación privada internacional en un mercado severamente deteriorado por la desinversión, estableciendo un marco regulatorio bajo la supervisión directa del gobierno estadounidense.
Alcance de la licencia general 61
La Licencia General número 61 autoriza a personas y corporaciones sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos a proporcionar bienes, software, tecnología y servicios especializados. El objetivo central es garantizar la instalación, mantenimiento, reparación, actualización y operación continua de las redes de comunicación en territorio venezolano.
El ámbito de aplicación de este permiso abarca la provisión de internet, telefonía fija y móvil, transmisión de datos, señales de radio y televisión, agencias de noticias, infraestructura satelital y el tendido o reparación de cables submarinos.
Para ejecutar estas operaciones con entes del Estado venezolano, la normativa exige una cláusula obligatoria: cualquier litigio o disputa legal derivada de los contratos deberá someterse exclusivamente a tribunales de los Estados Unidos, Reino Unido, Francia o Singapur.
Mecanismos de fiscalización e informes
El otorgamiento de este permiso no implica un cheque en blanco. Las entidades que ejecuten operaciones bajo la Licencia General número 61 deberán cumplir con un riguroso esquema de transparencia y rendición de cuentas ante el Departamento de Estado.
Los contratistas deben presentar un informe inicial dentro de los diez días posteriores a la firma de la primera transacción. Posterior a esto, se exige la entrega de reportes trimestrales detallados cada noventa días. Dichos documentos deben especificar los volúmenes de capital, el valor de los bienes transferidos y el desglose de cualquier pago de impuestos o tarifas efectuado al gobierno venezolano.
Nuevas inversiones con la licencia general 62
Por su parte, la Licencia General número 62 habilita la negociación y suscripción de contratos contingentes orientados a captar nuevas inversiones privadas en el sector. Este permiso faculta la realización de estudios de factibilidad técnica, auditorías ambientales, evaluaciones legales y procesos de debida diligencia comercial.
Asimismo, permite la firma de memorandos de entendimiento, la participación en licitaciones públicas y la constitución de empresas compuestas o joint ventures. Sin embargo, la norma especifica que la ejecución efectiva de cualquier proyecto acordado requerirá de una autorización posterior y específica por parte de la autoridad reguladora.
Restricciones y exclusiones geopolíticas
Ambas licencias mantienen un régimen estricto de prohibiciones. Queda vetada cualquier alianza o transacción que involucre a personas o empresas vinculadas a Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba o China.
Adicionalmente, se prohíbe el uso de activos digitales no comerciales, canjes de deuda, transacciones con el token Petro o pagos mediante oro. La normativa aclara que estas licencias no autorizan el desbloqueo de bienes o activos previamente congelados por el régimen general de sanciones.
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