
La nueva Licencia General 50B de la OFAC beneficia a seis gigantes petroleros —incluidos Chevron, Repsol y Eni—, pero impone el desvío de regalías a fondos extranjeros, prohíbe el uso de criptomonedas y obliga a resolver cualquier disputa legal fuera de los tribunales venezolanos.
En un movimiento estratégico para el mercado energético global, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos emitió la Licencia General 50B. Esta nueva resolución reemplaza de forma inmediata a la licencia 50A publicada en febrero, redefiniendo las reglas del juego para la comercialización y producción de hidrocarburos en Venezuela.
La medida otorga luz verde para que seis de las corporaciones energéticas más importantes del mundo —Chevron Corporation, Repsol, Eni, Maurel & Prom SA, BP PLC y Shell PLC— junto a sus filiales, continúen operando en proyectos de petróleo y gas natural. La autorización abarca contratos y transacciones comerciales directamente con Petróleos de Venezuela (PDVSA), el gobierno de Delcy Rodríguez o cualquier empresa mixta donde la estatal venezolana posea el 50 % o más de las acciones.
Adiós a los tribunales locales: Blindaje jurídico bajo leyes de EE. UU.
La principal innovación de la Licencia General 50B radica en su estricto blindaje legal. Para que cualquier acuerdo comercial sea válido ante los ojos de Washington, la OFAC ha introducido cláusulas obligatorias que cambian las reglas de jurisdicción:
Leyes estadounidenses: Todo contrato firmado bajo el amparo de esta licencia deberá ser interpretado y estructurado exclusivamente bajo las leyes de alguna jurisdicción de los Estados Unidos.
Arbitraje internacional: Queda terminantemente prohibido dirimir cualquier conflicto legal en tribunales venezolanos. La OFAC solo reconocerá como sedes de arbitraje válidas a Estados Unidos, el Reino Unido, Francia o Singapur.
No obstante, el documento aclara que este marco internacional coexistirá de manera obligatoria con los términos soberanos que exige la legislación venezolana en materia operativa básica, tales como la obtención de permisos administrativos, concesiones locales, normativas laborales y leyes de protección ambiental.
Cero criptomonedas y desvío de regalías
En el plano financiero, la Casa Blanca ha cerrado el grifo a cualquier mecanismo alternativo de pago. La licencia prohíbe de forma explícita el uso de activos digitales —haciendo mención directa a la prohibición del Petro o cualquier criptomoneda gubernamental—, los intercambios de deuda, los pagos en oro y las condiciones de pago no razonables.
En cumplimiento con la Orden Ejecutiva 14373 del 9 de enero de 2026, cualquier pago monetario destinado a entidades bloqueadas en Venezuela, incluyendo los montos por concepto de regalías e impuestos petroleros y gasíferos, deberá ser depositado obligatoriamente en los Fondos de Depósito de Gobiernos Extranjeros controlados internacionalmente.
Fiscalización extrema cada 90 días
Las multinacionales beneficiadas por la Licencia General 50B operarán bajo la lupa constante de Washington. El Departamento del Tesoro ha diseñado un esquema de fiscalización sumamente estricto que obliga a las firmas a rendir cuentas cada tres meses ante los departamentos de Estado y de Energía de EE. UU.
Estos informes periódicos deberán desglosar detalladamente las identidades de los socios, los volúmenes exactos de crudo o gas natural extraídos, el valor monetario de las transacciones, las fechas de ejecución y el registro contable de los impuestos transferidos. El cronograma de fiscalización estipula que el primer informe técnico deberá entregarse apenas diez días después de realizarse la primera transacción comercial, y posteriormente cada 90 días de manera ininterrumpida.
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