
La Licencia General 60 exime los fondos de socorro de la obligación de pasar por la cuenta de gobiernos extranjeros.
Este viernes 17 de julio, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (Ofac) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos aclaró que los fondos destinados a las labores de socorro por los terremotos del pasado 24 de junio en Venezuela podrán transferirse directamente al gobierno de ese país. La medida flexibiliza los canales financieros tradicionales bajo el esquema de sanciones.
A través de una actualización en su sección de preguntas frecuentes, el organismo estadounidense respondió formalmente si la Licencia General 60 exigía que los pagos al Estado venezolano se realizaran obligatoriamente en la Cuenta de Fondos de Depósito de Gobiernos Extranjeros (Fgdf). La respuesta institucional descarta este requisito para el caso humanitario actual.
Alcance de la Licencia General 60
El mecanismo autoriza de forma expresa todas las transacciones financieras y operativas vinculadas con la mitigación de daños tras los sismos. Según detalló la Ofac, el desbloqueo incluye el pago de impuestos, tasas aduaneras y peajes al gobierno venezolano, siempre que estos tributos se deriven estrictamente de la logística de asistencia humanitaria.
La decisión administrativa busca dinamizar la llegada de recursos internacionales a las zonas afectadas, eliminando la intermediación burocrática de las cuentas restringidas en el exterior. Al eximir estos pagos del mecanismo Fgdf, las organizaciones internacionales y los estados cooperantes ganan velocidad de ejecución en el terreno.
Restricciones financieras vigentes
A pesar de esta flexibilización puntual, el Departamento del Tesoro fue enfático al señalar que el marco general de sanciones contra Caracas permanece intacto. Los requisitos regulatorios establecidos en otras disposiciones de la Ofac mantienen su vigencia y de ningún modo se ven modificados por la emergencia sísmica.
La institución financiera estadounidense mencionó explícitamente que las licencias generales 46C, 48B, 49A, 50B, 51B, 52A y 54A siguen operando bajo sus propios términos. Esto implica que cualquier actividad económica no relacionada con los terremotos del 24 de junio carece de estos privilegios de transferencia directa.
Prohibición de desvío de fondos
La resolución prohíbe de manera tajante cualquier intento de reclasificación de fondos ordinarios como ayuda humanitaria. Aquellas operaciones reguladas por licencias distintas a la 60, que exijan el depósito en la Fgdf, deben continuar canalizándose por esa vía. La Ofac advirtió que vigilará que no se eludan los controles financieros preexistentes.
El abogado y profesor universitario José Ignacio Hernández analizó el impacto técnico de este anuncio. El especialista destacó que, si bien la aclaratoria agiliza la atención de la contingencia, la redacción de la Ofac abre una ventana jurídica para que préstamos internacionales o asistencia macroeconómica específica se liquiden directamente en las cuentas bajo control del Ejecutivo venezolano.
La medida genera un precedente importante en la gestión de la crisis bilateral. Los actores internacionales deberán certificar el destino final de cada transacción para evitar penalizaciones, en un escenario donde la ayuda humanitaria inmediata choca con la arquitectura de sanciones financieras impuestas a la nación sudamericana durante los últimos años.
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