La Asamblea Nacional (AN) sancionó este martes en segunda discusión el proyecto de Ley de Bosques y Gestión Forestal.
Al no tener modificaciones de fondo se aprobó de una vez para ser remitida al Ejecutivo, a los fines de su promulgación.
Durante la discusión se aprobaron los últimos 13 artículos de los 152 que constituyen la norma.
Sobre el capítulo II de la ley, referido a las infracciones administrativas, el diputado Manuel Briceño solicitó la inclusión de tres apartados al artículo 147, sobre la reincidencia de infracciones, debido a las carencias de normas al respecto. En este sentido, el texto quedará de la siguiente forma: 147a, sobre la concurrencia de infracciones; 147b, referido a la bienes provenientes de comisos; y 147c, sobre la notificación a los interesados de todo acto administrativo de carácter particular.
Asimismo, los artículos 149, 150, 151 y 152 refieren las infracciones muy leves, leves, graves y gravísimas, respectivamente.
La ley plantea actualizar el régimen jurídico en materia de gestión y protección de los recursos forestales de la nación, por lo cual constituye un marco regulatorio que establece las garantías legales necesarias para el aprovechamiento integral del patrimonio forestal y el equilibrio ecológico de los ecosistemas.
La norma establece, por ejemplo, que el Sistema Nacional de Protección contra Incendios Forestales funcionará bajo la rectoría del Ministerio para el Ambiente y se encargará de coordinar las acciones de los distintos órganos públicos que tienen como función combatir los incendios forestales y promover investigaciones sobre el riesgo asociado a estos eventos en zonas vulnerables.
En el instrumento legal también se prevé la promoción de la cultura de bosques en la población venezolana a través de la educación ambiental, así como el monitoreo constante de las zonas forestales para la detección temprana de riesgos y amenazas.
Vía AVN