El Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por Intercable, Directv, Net Uno, Supercable y otras empresas de televisión por cable, contra el artículo 52 de la Ley de la Cinematografía Nacional.
Establece el artículo 52 de la Ley de la Cinematografía Nacional, que las empresas que presten servicio de difusión de señal de televisión por suscripción con fines comerciales pagarán al Fondo de Promoción y Financiamiento del Cine (Fonprocine), una contribución especial.
Las cableras habrían alegado que el pago de una contribución especial en la Ley de la Cinematografía Nacional, acrecentaba la carga impositiva que soportan las empresas de telecomunicaciones.
La sentencia indica que no presentaron pruebas suficientes para demostrar el supuesto impacto de este pago.
Vía ÚN