
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ratificó la validez del Decreto N.° 5.414, que otorga al Ejecutivo un margen de sesenta días para gestionar la situación económica en el país.
Mediante la sentencia número 0824, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) validó la constitucionalidad del Decreto N.° 5.414, el cual implementa el estado de emergencia económica en todo el territorio nacional por un plazo inicial de 60 días.
El dictamen, emitido de forma colegiada bajo la figura de Ponencia Conjunta dentro del expediente 26-0987, llega tras la evaluación del instrumento legal promulgado por la presidenta encargada de Venezuela, Delcy Rodríguez, y difundido el pasado 8 de agosto a través de la Gaceta Oficial N.° 7.066 Extraordinario.
Tras examinar los fundamentos jurídicos del decreto, el máximo órgano de justicia determinó que el documento se apega plenamente a los preceptos establecidos en la Constitución de la República. Como parte de sus directrices, el tribunal ordenó la inmediata divulgación del fallo en la Gaceta Oficial, la Gaceta Judicial y el portal oficial del TSJ para consolidar su vigencia formal en el ordenamiento jurídico del país.
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