Por medio de la sentencia número 1469, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró este miércoles la constitucionalidad de las cinco preguntas avaladas por el Consejo Nacional Electoral (CNE) sobre el referéndum consultivo del territorio Esequibo que se realizará el próximo 3 de diciembre.
Esta se emite luego de que el pasado 20 de octubre, el CNE anunció la realización de la consulta popular tras recibir la solicitud de la Asamblea Nacional (AN), quien previamente aprobó en plenaria la convocatoria en base a lo establecido en el artículo 79 del Reglamento Interior y de Debates (Ridan).
Dicho tribunal expone que este referéndum se ampara en el artículo 71 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Crbv), que explica:
«Las materias de especial trascendencia nacional podrán ser sometidas a referendo consultivo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; por acuerdo de la Asamblea Nacional, aprobado por el voto de la mayoría de sus integrantes», indica.
La iniciativa del referéndum surge tras las crecientes tensiones Venezuela y Guyana, que detonaron tras la decisión de Guyana de realizar procesos de licitación en aguas disputadas con su vecino país.
www.diariorepublica.com
Via VF/Diario Republica