Mediante la Gaceta N° 40.882 queda oficializada la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, donde se declara la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional.
El pasado lunes el ente judicial declaró la inconstitucionalidad de la mencionada Ley en virtud de la solicitud planteada por el Presidente de la República mediante escrito del 7 de abril de 2016.
El TSJ destacó que si bien la Asamblea Nacional tiene atribuida la competencia de decretar amnistías, y sin perjuicio de que no se han definido a nivel constitucional o legal mayores límites expresos al alcance de esta institución, esto no significa que el parlamento pueda vulnerar los principios que inspiran la Constitución contenidos en sus artículos 1, 2 y 3, motivo por el cual las amnistías no sólo son leyes que deben seguir el proceso de formación legislativa, sino además responder a distintas limitaciones de orden material vinculadas con el respeto de los derechos humanos, el resguardo de la justicia penal y la debida correspondencia con los fines establecidos en el artículo 3 de la Carta Magna.
Por su parte, el día de ayer martes, la mayoría opositora del Parlamento Nacional aprobó acuerdo que rechaza sentencia del TSJ contra Ley de Amnistía.
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), se encarga de acabar con la esperanza de los venezolanos, de darle la espalda a la Constitución”, manifestó este martes el diputado por la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), Freddy Guevara.
Vía NAD/www.diariorepublica.com