
El Ministerio de Transporte hizo público este lunes 13 de enero el nuevo esquema de costos para el servicio de transporte público en todo el territorio nacional. A través de la Gaceta Oficial Extraordinaria N.º 43.284, se estableció que la tarifa mínima para rutas urbanas y suburbanas será de 60 bolívares (aproximadamente 0,18 dólares según la tasa oficial del BCV).
Unificación de tarifas en sistemas estatales
El ajuste no se limita al transporte terrestre privado; el documento especifica que el nuevo monto de 60 bolívares también entrará en vigor para los sistemas masivos administrados por el Estado, incluyendo:
Sistemas Metro y Ferrocarril.
Metrobús y operadoras estatales.
Escala tarifaria por kilometraje
Para las rutas suburbanas, el Ministerio diseñó un tabulador que incrementa el costo según la distancia recorrida:
Hasta 10 km: 60 bolívares.
De 20 a 50 km: Entre 70 y 80 bolívares.
Más de 90 km: 105 bolívares (monto máximo establecido).
Exoneraciones y beneficios estudiantiles
La normativa ratifica el carácter social del transporte, recordando a los transportistas el deber de cumplir con las exoneraciones vigentes:
Pasaje gratuito: Para mujeres mayores de 55 años, hombres mayores de 60 años y personas con discapacidad.
Pasaje estudiantil (50% de descuento): Válido para estudiantes de todos los niveles. Los escolares deberán portar su uniforme de lunes a viernes, mientras que los universitarios deberán presentar carnet vigente (lunes a sábado). Se aclaró que este beneficio no aplica en vacaciones ni días feriados.
Contraste con la realidad en Zulia
A pesar del anuncio oficial que fija el techo en 60 bolívares, la realidad en ciudades como Maracaibo presenta un escenario distinto. Desde el mes de diciembre, usuarios han denunciado que las unidades de transporte público cobran tarifas que oscilan entre los 150 y 200 bolívares, triplicando el monto ahora legalizado por el Ejecutivo Nacional.
Las autoridades instaron a los ciudadanos y transportistas a respetar los intervalos fijados en la Gaceta para garantizar el derecho a la movilidad de la población.
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