
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia validó el requerimiento contra Jonajhan Alexander Linares Rivero, capturado en territorio chileno y vinculado a terrorismo, secuestro y cuatro homicidios calificados.
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró procedente la solicitud de extradición activa de Jonajhan Alexander Linares Rivero ante la República de Chile. El sujeto, detenido en territorio chileno el pasado mes de mayo, perteneció a la organización criminal liderada en su momento por Carlos Revette, alias «El Koki», la cual operaba en el sector de la Cota 905, al sudoeste de Caracas. La decisión judicial marca un hito en la persecución internacional de los remanentes de esta estructura delictiva, desmantelada parcialmente en el año 2021.
El requerido enfrenta un pesado prontuario judicial en Venezuela, con cinco órdenes de aprehensión emitidas por tribunales de control entre los años 2021 y 2026. Los cargos en su contra son severos e incluyen terrorismo, secuestro, extorsión y la presunta participación directa en cuatro asesinatos ejecutados con extrema violencia. El dictamen del máximo tribunal venezolano busca reactivar el proceso penal ordinario contra Linares Rivero en suelo nacional.
Un expediente fundamentado en delitos de delincuencia organizada
El expediente del solicitado se divide en cinco causas penales independientes que sustentaron, de manera individual, los requerimientos de extradición aprobados unánimemente por las magistradas de la Sala Penal en la sentencia número 372. El primer bloque acusatorio se concentra en su pertenencia activa a la banda de la Cota 905, donde se le imputa la presunta comisión de los delitos de secuestro agravado, obstrucción a la libertad de comercio, terrorismo, extorsión agravada y asociación agravada. Esta organización, dirigida también por Carlos Calderón, alias «El Vampi», y Garbys Ochoa, alias «El Garbys», fue el objetivo principal de la operación policial «Gran Cacique Guaicaipuro».
Responsabilidad directa en cuatro homicidios ejecutados en Caracas
Las otras cuatro causas penales detallan ejecuciones sumarias cometidas en la parroquia El Valle de Caracas. El primer caso corresponde al homicidio de Kervin Alexander Pérez Carrasquel, ocurrido el 16 de abril de 2018 en el barrio Los Cardones, donde la víctima fue sacada a la fuerza de una vivienda mientras jugaba dominó para luego ser ajusticiada por Linares Rivero y tres cómplices. El segundo hecho es el asesinato de Rome José Moreno Carrasquel, perpetrado el 17 de septiembre de 2017 en el barrio San Andrés, lugar donde el acusado abordó a la víctima disparándole en múltiples oportunidades.
Asimismo, se le adjudica el homicidio de Anyi Vanessa Mijares Palacios, sucedido el 24 de octubre de 2017 en el callejón Pinto Salinas. La mujer fue sacada de su residencia y fusilada por un grupo armado integrado por el solicitado y otros delincuentes de alta peligrosidad, entre ellos Leonardo José Polanco Angulo, alias «Loco Leo». Finalmente, el expediente incluye la muerte de Wilkeyns Rafael Rodríguez Cales, registrada el 11 de octubre de 2017 en el callejón La Vuelta El Beso, donde la víctima recibió un disparo mortal en la cabeza.
Sustento legal para una condena de hasta 30 años
Para dar luz verde al proceso, el Tribunal Supremo de Justicia evaluó un total de 151 documentos elaborados por los cuerpos de seguridad del Estado venezolano. Las pruebas presentadas demostraron de forma inequívoca que existen suficientes elementos de convicción para que el ciudadano sea procesado penalmente bajo la legislación local, la cual contempla penas que podrían alcanzar el límite constitucional de 30 años de prisión por la acumulación de delitos graves.
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