El secretario de Seguridad y Orden Público, Jairo Ramírez, ordenó a los organismos de protección una inspección en la granja La Tremonera, ubicada vía a Los Bucares, donde falleció por inmersión el niño de cuatro años José David Hernández, para determinar las condiciones de seguridad en el lugar, lo que arrojó el cierre de la misma tras aplicársele una medida cautelar por incumplir las medidas necesarias.
Ramírez señaló que se tomarán todo tipo de acciones dirigidas a resguardar la vida de todas las personas, y con especial énfasis en los niños, niñas y adolescentes, en virtud de los hechos recientes de muertes.
Acudieron este domingo el director de Protección Civil, Gustavo Ruiz; la presidenta de FUNSAZ 171, Ingrid Dugarte; el Intendente del municipio Maracaibo, Ylich Carvajal; funcionarios del Cuerpo de Policía Bolivariana del Estado Zulia, junto a la Fiscalía del Ministerio Público en la región, a fin de dar cumplimiento a la resolución 110 de la Gaceta Oficial N° 39.657, emitida por el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia (MPPRIJ), que ordena a los clubes, hoteles, moteles y establecimientos afines, que tengan piscinas, pozos y embalses, entre otros espacios destinados al disfrute del público, a disponer de personal salvavidas para la protección de los usuarios.
En ese sentido, y tras la inspección realizada por los organismos de seguridad y protección de la región, se decidió aplicar a la Granja La Tremonera, una medida cautelar innominada de cierre de conformidad a lo establecido en el parágrafo primero del articulo 588 del Código de Procedimiento Civil como extensión del Ordinal 9 del Artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal con base en base el principio del interés superior del niño, niña y adolescente dispuesto en el artículo 8 de la Ley de Protección del Niño, Niña y Adolescente, bajo la decisión número 332-13 emitida por la Jueza 13 de Control de este Circuito Judicial, María Cristina Baptista Boscán, a solicitud de los fiscales Dulce Araujo y Jhovana Martínez, fiscales auxiliares 35 del Ministerio Público.
Se conoció que la medida puede ser extensiva a todo el Club Campestre La Guadalupana y serán la Unidad de Emergencias y Desastres del 171, la dirección regional de Protección Civil y el CPBEZ los encargados de velar por el cumplimiento de esta medida.
Es importante destacar que la Resolución N° 110 está dirigida a “las personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, propietarios o administradores, de los clubes, hoteles, moteles, complejos turísticos, parques acuáticos, gimnasios, establecimientos de educación, asociaciones, instituciones y demás inmuebles que mantengan en sus instalaciones piscinas, embalses, pozos, y demás estanques o similares destinados al baño, a la recreación y esparcimiento, a la natación o a otros ejercicios…”.
También se ordena ubicar en lugares visibles las normas de uso de las instalaciones, así como “colocar señalizaciones de seguridad de las piscinas y similares en lo que concierne a los trampolines, toboganes u otros implementos“.
La norma ordena a los clubes, hoteles y afines a prohibir a sus usuarios arrojarse a las piscinas o similares haciendo maniobras y técnicas que pongan en peligro a otras personas. Además se debe indicar los horarios de uso y disfrute de las piscinas. El instrumento legal ordena señalizar la capacidad máxima de personas que pueden contener las piscinas o similares.
Este lunes a las 9.00 de la mañana se efectuará una rueda de prensa en las instalaciones de la Funsaz 171, donde su presidenta, la doctora Ingrid Dugarte, ofrecerá detalles sobre la medida. Se determinará entonces si el cierre es temporal o definitivo.
Redacción DiarioRepublica.com