José Pérez, el “tiktoker” que criticó a la hija del cantante Omar Enrique, a través de la red social TikTok, se encuentra detenido desde el pasado 28 de febrero. Así la asegura la Asociación Civil Espacio Público en una información por medio de tuits.
Según la ONG, que promueve y defiende la libertad de expresión y la responsabilidad social en medios electrónicos, funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc), detuvieron a José Pérez, por la publicación de un video en la red social TikTok.
En dicho material visual, el “tiktoker” cuestionó los privilegios de la hija del cantante Omar Enrique y los nexos de éste con los gobiernos de Chávez y Maduro. El joven había sido contactado vía telefónica por la esposa del cantante, María Buitrago, quién además de comentarle su molestia, presuntamente lo amenazó de muerte.
Según Espacio Público, “a pesar de que Pérez se disculpó con la familia y retiró el video, una comisión del cuerpo policial, comandada por el inspector Alberto Dugarte, jefe de delitos informáticos del Cicpc sede Urdaneta, lo detuvo sin una orden judicial”.
Relata la asociación civil que “los funcionarios aseguraron que necesitaban entrevistarlo y tomar sus declaraciones. Pérez accedió a acompañarlos y fue trasladado al Cicpc de Higuerote. Horas más tarde, el inspector le comentó a la familia que debía ser trasladado a Caracas de forma urgente”.
Un procedimiento inusual
Actualmente, José Pérez está detenido en la sede del Cicpc de la avenida Urdaneta en Caracas, luego de que el 2 de marzo fue presentado en el Tribunal 42 de Control del área metropolitana de Caracas.
Le imputaron el delito de “instigación al odio”, según la inconstitucional Ley Contra el Odio y revelación de data personal, estipulado en la Ley Especial de Delitos Informáticos. Sin embargo, ya Pérez había sido presentado un día antes, el 1 de marzo, ante el Tribunal Segundo de Caracas. En esa audiencia le imputaron el delito de injuria y difamación y quedó bajo régimen de presentación a partir del 5 de marzo.
Según expone Espacio Público, el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece en su numeral 7 que: “Ninguna persona podrá ser sometida a juicio por los mismos hechos en virtud de las cuales hubiese sido juzgada anteriormente”.
Como se mencionó, Pérez fue presentado el 1 de marzo ante el Tribunal Segundo de Municipio bajo una causa privada. Se desconoce el origen de la querella, solo se sabe que el delito imputado es por Injuria.
Producto de esa audiencia, el Tribunal impuso una medida cautelar en la cual está obligado a presentarse. El hecho por el cual es imputado ya fue presentado y reconocido. El siguiente día, vuelve a ser presentado en el Tribunal 42 de Control del Área Metropolitana de Caracas por los mismos hechos, bajo otro delito “Incitación al Odio”. Aquí es donde se evidencia la doble persecución, si en primera instancia un Tribunal lo reconoció, no era necesario que sea procesado en otro, comenta la ONG.
Por esta razón, Espacio Público establece que “el caso de José Pérez es violatorio al principio de inadmisibilidad de la persecución penal múltiple. Se considera múltiple porque es la imputación de los hechos en dos tribunales diferentes”.
Vía Medios Nacionales/Diario República
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