A partir de este martes los bancos universales, los comerciales en proceso de transformación los microfinancieros, la bolsa pública de valores bicentenaria y los operadores de mercado autorizados podrán vender y ofertar divisas, tanto en efectivo como en título de valores en moneda extranjera, mediante el Sistema Cambiario Alternativo de Divisas (Sicad II).
La decisión entra en vigencia desde hoy, tal como lo señala la gaceta extraoficial Nº 6128. Allí se especifica que los bancos comerciales que podrán participar serán los que se encuentren en proceso de transformación de acuerdo con lo previsto en las disposiciones transitorias de la Ley de reforma parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario.
A su vez, los bancos microfinancieros que podrán realizar operaciones de corretaje en el mercado de divisas serán los que estén autorizados por el Directorio del Banco Central de Venezuela (BCV).
Según el artículo 3 del decreto, las instituciones financieras autorizadas “deberán anunciar públicamente en sus oficinas, mediante avisos, el tipo de cambio de referencia publicado por el BCV, correspondiente al tipo de cambio promedio ponderado de las operaciones transadas durante cada día a través de Sicad II”.
Vía Globovision