En la Gaceta Oficial 40.665 de este jueves 21 de mayo se publicó la resolución número 092, mediante la cual se prorroga por un lapso de noventa (90) días continuos, la vigencia de la resolución número 042, de fecha 25 de febrero de 2015, en la que se ordena iniciar el proceso de Intervención del Instituto Autónomo de Policía del Municipio Maracaibo (Polimaracaibo).
Se consideró necesario “prorrogar las disposiciones dictadas que permitan garantizar y determinar la correcta prestación del servicio de policía, de conformidad con las leyes, reglamentos y resoluciones”.
El encargado de la ejecución de la presente resolución será el Viceministro del Sistema Integrado de Policía del Ministerio para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, Giuseppe Cacioppo.
Aquí el texto íntegro de la Gaceta Oficial
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ
DESPACHO DEL MINISTRO
205°, 156° y 16°
N° 092
FECHA: 21 de mayo de 2015
RESOLUCIÓN
El Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, designado mediante Decreto N° 1.644, de fecha 9 de marzo de 2015, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.616 de la misma fecha, en ejercicio de las competencias que le confiere lo dispuesto en el artículo 78, numerales 19 y 27 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014; en concordancia con lo establecido en el artículo 30 del Decreto N° 1.612, sobre Organización General de la Administración Pública Nacional, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.173 Extraordinario, de fecha 18 de febrero de 2015; y en el artículo 3o, numerales 2 y 3 del Decreto N° 8.121, de fecha 29 de marzo de 2011, mediante el cual se establecen las competencias del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, (actualmente Relaciones Interiores, Justicia y Paz), publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.644, de fecha 29 de marzo de 2011; actuando de conformidad con lo previsto en el artículo 18, numerales 3, 4, 5, 6, 8 y 17, y articules 27 y 75 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.940 Extraordinario, de fecha 7 de diciembre de 2009, en concordancia con lo previsto en la Resolución N° 259 de fecha 30 de julio de 2013, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.217, mediante la cual se dictan las Normas sobre los procesos de Habilitación, Intervención y Suspensión de los Cuerpos de Policía,
CONSIDERANDO
Que es deber del Estado Venezolano garantizar la seguridad de los ciudadanos y ciudadanas y de sus bienes, en los distintos ámbitos político territoriales, mediante la supervisión y control de la correcta actuación policial,
CONSIDERANDO
Que los cuerpos de policía en sus distintos ámbitos político territoriales deben ejercer el servicio de policía con estricta sujeción a los principios y lineamientos establecidos en la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, sus reglamentos y a los lineamientos y directrices dictados por el Órgano Rector y, en tal sentido, deben contar con las condiciones necesarias para el correcto desempeño de sus funciones, que propendan a la satisfacción de las necesidades de seguridad de la comunidad en la que operan,
CONSIDERANDO
Que el INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, se encuentra sometido a un proceso de intervención, ordenado mediante la Resolución N° 042, de fecha 25 de febrero de 2015, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.608, de la misma fecha, de conformidad con lo previsto en el artículo 75 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana,
CONSIDERANDO
Que como parte de las acciones llevadas a cabo durante el proceso de Intervención, es necesario prorrogar las disposiciones dictadas que permitan garantizar y determinar la correcta prestación del servicio de policía, de conformidad con las leyes, reglamentos y resoluciones,
RESUELVE
Artículo 1. Se prorroga por un lapso de noventa (90) días continuos, la vigencia de la Resolución N° 042, de fecha 25 de febrero de 2015, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.608 de la misma fecha, mediante la cual se ordenó Iniciar el Proceso de Intervención del Instituto Autónomo de Policía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a los fines de dar continuidad a los programas de Asistencia Técnica que se están cumpliendo en el referido Cuerpo de Policía.
Artículo 2. Se mantienen vigentes las demás disposiciones contenidas en la Resolución N° 042, de fecha 25 de febrero de 2015, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.608 de la misma fecha, referidas a llevar a cabo el Proceso de Intervención del Instituto Autónomo de Policía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
Artículo 3. Queda encargado de la ejecución de la presente Resolución, el Viceministro o Viceministra del Sistema Integrado de Policía del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz.
Artículo 4. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Comuníquese y Publíquese,
Por el Ejecutivo Nacional.
GUSTAVO GONZÁLEZ LÓPEZ
MAYOR GENERAL
MINISTRO
Vía Panorama/www.diariorepublica.com