
Por Henry Ramírez
La Ley Orgánica del Poder Público Municipal establece la posibilidad de una ley Estadal mediante la cual puedan crearse otras entidades territoriales locales. Estas entidades podrían ser lacomuna, los distritos metropolitanos, las áreas metropolitanas, las parroquias y demarcaciones dentro del territorio del Municipio tales como la urbanización, el barrio, la aldea, el caserío. También alude a las regiones administrativas y establece finalmente que las competencias y los recursos para el despliegue administrativo de estas serán desarrollados en el instrumento normativo que el Consejo Legislativo apruebe.
Estas entidades político-territoriales locales vendrían a llenar un vacío dentro de nuestro ordenamiento jurídico. En estos momentos no existen y el modelo vigente del municipio y la estructura rígida que le acompañaimpiden llegar hasta los más alejados rincones de la ciudad. Hay comunidades, barrios, urbanizaciones, que pasan años con problemas de fácil resolución si disponemos de otro marco administrativo. Propongo que estudiemos seriamente la posibilidad de que nazcan estas otras entidades territoriales locales.Sea como la posibilidad de transferir recursos y competencias, sea como desconcentración administrativa municipal o sea como fortalecimiento del poder popular. O bien para las tres cosas.
Estos nos permitiría, por ejemplo, crear diferentes figuras como la región administrativa para el populoso y desasistido oeste de la ciudad de Maracaibo. Ejemplo abundan de ejercicios ingeniosos y eficaces en toda Latinoamérica para, mediante estas figuras administrativas territoriales, revigorizar el tejido urbano y su dinámica social siempre pensando en la gente. El municipio Maracaibo pudiera desconcentrar los servicios públicos y otras atenciones que presta para hacerlas más accesibles a los ciudadanos de esa sub/región de la ciudad. Habría una oficina del IMAU, del SAGAS, de Planificación Urbana, habría una central de abastecimiento, una oficina de empleo. Solo por pensar en voz alta e idear una propuesta de entidad territorial local que atienda el estado de las parroquias que conforman el oeste del municipio y favorecer su encaje con las bondades urbanas de la ciudad.Pero podría haber otros arreglos de más corto alcance con las comunas y consejos comunales, asamblea de ciudadanos o urbanizaciones, para que estas asuman por ejemplo el paisajismo, la señalética, el mantenimiento de canchas deportivas o el orden escolar de entradas y salidas.Habría la posibilidad de establecer empresas localescon asiento en las mismas comunidades para atender aquellas necesidades más sentidasque hoy el Municipio no atiende.
En Venezuela la posibilidad de estas entidades político/territoriales localesestádada por el desarrollo de esta ley Estadal. Pero su vigencia y desarrollo en estos momentos urge ante el colapso de algunas ciudades, las necesidades insatisfechas de tantas comunidades y la orfandad de ciudades sin cultura ciudadana. Debemos buscar arreglos administrativos que nos permitan hacerle frente a estos problemas.Tenemos ejemplos cercanos de Colombia, Brasil y Argentina, donde existen y funcionan verdaderos ecosistemas urbano/territoriales: comunas, áreas metropolitanas, prefecturas, regiones, distritos. En el caso de Maracaibo el municipio como cuerpo administrativo político/territorial luce sobrepasado por el estado de las urgencias y necesidades. Claro que en nuestro caso al problema de la obsolescenciaadministrativo/territorial del municipio se le suma la impronta desastrosa de la pareja Rosales, siendo el resultado una ciudad invivible.



