
Con el fin de revisar si es constitucional o no, o si se deben hacer elecciones o no de los diputados al Parlatino será revisado por el Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral, que en su decisión número 1059 del pasado 4 de agosto, admitió el recurso de nulidad, que introdujo la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), de manos del diputado Timoteo Zambrano, que rechaza la negativa por parte de la mayoría oficialista de la Asamblea Nacional de eliminar la escogencia de estos cargos.
El TSJ aseguró que este recurso cumple los requisitos fijados en la Ley del TSJ y fue interpuesto en los lapsos correspondientes, por lo tanto en un corto tiempo se pronunciará sobre esta polémica decisión que en su momento fue avalada por el Consejo Nacional Electoral (CNE), de no escoger mediante votaciones universales, directas y secretas a los representantes venezolanos del Parlatino.
Para Zambrano es un retroceso en los derechos electorales de los venezolanos que se haya eliminado para este año ese sufragio cuando se viene haciendo desde el 2.000, cuando se aprobó la Constituyente; violando así los artículos 19 y 72 de la Constitución, que establecen «la progresividad» de los derechos y que «todos los cargos y magistraturas de elección popular son revocables», respectivamente.
Es importante destacar que aún cuando esta sala en casi todas sus decisiones ha favorecido al régimen, al parecer en este caso no hay mayoría entre los magistrados, por lo que habrá que esperar la publicación sobre el resultado de este recurso, que no debería tardarse mucho, en cuanto a que el cronograma electoral corre y no queda mucho tiempo.
Redacción www.diariorepublica.com






