
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó la pena impuesta a tres de los implicados en la muerte de Juan Antonio Romero Lira, un hombre acusado por sus vecinos de abuso sexual contra una niña.
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó la condena de 15 años y 4 meses de prisión contra César Adrián Hernández, José Gregorio Anibal Díaz y Yosmar Gabriel Chacón Brito, por su participación en el asesinato de Juan Antonio Romero Lira en el estado Monagas. La víctima murió tras ser golpeada, rociada con gasolina y quemada por un grupo de vecinos que lo acusaba de haber tocado las partes íntimas de una niña.
Detalles del Crimen y el Proceso Judicial
El hecho ocurrió el 17 de febrero de 2023, alrededor de las 8:30 p.m., en el sector Villa Victoria, municipio Maturín (Monagas). Un grupo de personas, incluyendo a la madre de la niña presuntamente afectada, Zurima Thais Rodríguez Lunar, irrumpió en la vivienda de Romero Lira.
Tras someterlo a golpes, lo sacaron a un área boscosa cercana, donde lo incendiaron. La víctima falleció a causa de fractura de cráneo y quemaduras de segundo y tercer grado en el 100% de la superficie corporal.
Las diferentes sentencias
De las siete personas implicadas inicialmente, cinco fueron detenidas y judicializadas. El proceso penal se dividió en dos grupos:
Admisión de Hechos (Condena menor): Zurima Thais Rodríguez Lunar y Jimmy José Urrieta Rodríguez admitieron su participación en la audiencia preliminar, logrando una reducción de pena a 6 años y 8 meses de prisión.
Juicio y Condena (15 años): Hernández, Díaz y Chacón continuaron a juicio, celebrado entre octubre de 2023 y julio de 2024. El Tribunal 2° de Juicio de Monagas los declaró culpables de homicidio calificado con alevosía mediante incendio en grado de complicidad correspectiva, imponiendo la pena de 15 años y 4 meses.
Ratificación del TSJ
La defensa de los tres condenados acudió en última instancia a la Sala Penal del TSJ a través de un recurso de casación, argumentando que el tribunal de juicio no especificó la acción individual de cada acusado en la muerte de Romero Lira.
En la sentencia N° 593, redactada por el magistrado Maikel Moreno y convalidada por sus colegas Carmen Marisela Castro y Elsa Gómez, la Sala Penal desestimó el recurso. Los magistrados consideraron que los argumentos de la defensa «carecen de concisión y precisión», ratificando así la condena inicial de 15 años y 4 meses de prisión contra los tres sujetos.
Vía El Regional del Zulia/ Diario República.com



