El hecho ocurrió en la calle 58D en la parroquia Olegario Villalobos, según versiones de los vecinos un hombre identificado como Ray Romero de 31 años, arremetió en contra de su conyugue propinándole una brutal golpiza, aparentemente sin motivo alguno.
Romero se encontraba solicitado por el Cicpc subdelegación Valera desde año 2007, por el delito de porte ilícito de armas, además de tener historial policial.
A la llegada de los funcionarios de Polimaracaibo a la calle 58D, se pudo evidenciar que en la entrada de la vivienda se hallaban cabellos de color negro, y sangre. “Cuando los policías entraron a la vivienda un camino de sangre los condujo hasta una habitación donde encontraron tendida en la cama a la víctima con el rostro ensangrentado y hematomas, por lo que se le prestaron los primeros auxilios”, informó el director encargado de Polimaracaibo, General Rubén Ramírez Cáceres.
Un grupo de policías se desplegó por el sector y con ayuda de los vecinos lograron visualizar en el callejón Espina, al agresor quien emprendió veloz huida hacia el sector San Bartolo donde se introdujo en el patio de una vivienda, y ahí se le dio captura. “Al ser verificado en el Sistema Integrado de Información Policial (Siipol), arrojó como resultado el historial policial y la solicitud del Cicpc-Valera; así que fue trasladado al Comando de Polimaracaibo en la Vereda del Lago”, indicó Ramírez Cáceres.
Agrede a su hermana por una arepa
En otro procedimiento la noche del lunes fue aprehendido en el sector 10 de San Jacinto un menor de 16 años, luego de golpear a su hermana de 19 años, tras una discusión por una arepa.
Según versiones de la familia presuntamente la joven se encontraba preparando la cena, cuando su hermano entró de manera agresiva exigiendo se le sirviera la comida, eso dio pie a una discusión. “Yo agarré la arepa, me fui al cuarto y ella entró a reclamarme ahí fue que empezó todo”, dijo el menor.
De inmediato se le notificó a la Fiscal de Menores, ya que desde los 12 años se tiene responsabilidad penal.
Tanto Romero, como el menor de 16 años, al agredir a la dama viola la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; y el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal (Copp).
Nota de Prensa Polimaracaibo
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